Se informa que de acuerdo
a lo dispuesto por el art. 51 de la Ley N.° 19.996 y el Decreto del Poder Ejecutivo N.°
174/024, de 20 de junio de 2024 a partir del día 22 de enero de 2025 quedará operativo 
el servicio en línea de Declaración Digital de Domicilio.

El servicio permitirá a las personas mayores de 18 años que cuenten con Identidad digital de Nivel 2 o superior de seguridad, declarar su domicilio físico. 

La normativa citada establece que dicha declaración tendrá los mismos efectos que la declaración prevista en el Decreto N.° 286/990, de 22 de junio de 1990, siendo válida en el marco de trámites y servicios donde se solicite a las personas la presentación de una constancia de domicilio.

El mencionado servicio, permitirá, además, emitir una Constancia de la Declaración, la
que tendrá validez y vigencia de acuerdo a lo dispuesto a la normativa citada, y tendrá
la firma digital de persona jurídica de Agesic.

Para solicitar esta declaración, la persona tiene que contar con Usuario gub.uy en nivel
2 también conocido como verificado. 

Esta solicitud se realizará en https://declaraciondomicilio.servicios.gub.uy/ y una vez completado los datos, el sistema se comunicará con el Sistema Único de Direcciones geográficas puesto a disposición por la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) de Presidencia de la República para verificar que la dirección ingresada existe y está ingresada en su base